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Guillermo Navarro Jiménez
Presupuestos políticos
Observaciones de carácter global
Observaciones de carácter puntual[1]
3.1 Del texto citado se desprende que los derechos de la comunicación son sinónimos de la libertad de expresión;
3.2 Si se cita a la libertad es improcedente citar a sus componentes como si no formasen parte de contextos diferentes;
3.3 Los derechos de la comunicación no sólo comprenden a la libertad de expresión, sino también a los derechos establecidos en el artículo 16 de la Constitución, gran parte de los cuales se omiten en el texto propuesto;
3.4 Existe una lectura errónea del artículo 16 de la Constitución vigente, lo que conlleva, por ejemplo, a que la información pública debería ser elaborada en diversas lenguas, propuesta que, por otra parte, va más allá de lo establecido en el artículo 16.
10. El artículo 15 debería reformularse utilizando los términos apropiados para el caso. Se mal utilizan las palabras receptor y difusión, en lugar de cobertura y diversidad, como corresponde.
11. No se entiende la necesidad e importancia del artículo 16, puesto que ello regula la libertad de expresión. A más de que plantea un imposible: el aseguramiento por parte del Estado para que las opiniones de las minoría se protejan ante las de las mayorías.
12. El contenido del artículo 17 en lo referente a la censura previa es contradictorio con lo establecido en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, la que establece prohibiciones, esto es censura previa.
13. El artículo 20 repite lo establecido ya en el artículo 10, por lo que es innecesario.
14. La Sección Segunda Deberes, Derechos y Responsabilidades de los Comunicadores Sociales, no es parte de una Ley de Comunicación, Es más propia de una Ley de Defensa Profesional de los Comunicadores Sociales. Sólo procedería su inclusión si se re-conceptualiza la Ley en la forma antes sugerida.
15. Los contenidos del Título II, Capítulo I De los Contenidos y Capítulo II De la Publicidad en los Medios de Comunicación, son más adecuados para insertarse en una legislación sobre medios. Esto es de gran importancia política, puesto que los grandes medios basan toda su matriz de opinión en contra de la aprobación de una Ley de Comunicación en estos aspectos.
16. El artículo 28 en relación a los códigos de ética señala que estos deberán actualizarse “si es del caso”. Los convenios internacionales disponen su revisión y actualización permanente.
17. El artículo 28 establece que los Códigos de Ética deben registrarse en el Consejo de Comunicación e Información. Las normas internacionales disponen que se difundan y no que se registren.
18. El artículo 31 no diferencia entre prohibiciones y contenidos posibles de ser afectados por censura previa, como lo establece el artículo 13 la Convención Americana de Derechos Humanos. Al así actuar les otorga una similar cualidad, lo que no procede.
19. El artículo 31, en su literal a) establece: “Los espectáculos públicos que atenten la protección moral de la niñez y adolescencia y aquellas que limita la Ley de esta materia”. Esta disposición rebasa lo contemplado en los convenios internacionales, puesto que posibilita el ejercicio de censura previa más allá de la protección moral de la niñez y adolescencia, únicas causales que pueden ser objeto de tales limitaciones.
20. En el TITULO III, CAPITULO I, FORMAS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN, se mezclan conceptos propios de una Ley de Medios con la de una Ley de Defensa Profesional.
21. El artículo 60 debe reformularse, ya que existe confusión y limitaciones conceptuales acentuadas respecto a cómo se definen los monopolios y oligopolios, puesto que sólo hacen referencia a la propiedad y se omite todo lo relacionado con la dominancia del mercado.
22. La Sección IV Del Registro de Medios, no ofrece claridad diferenciadora entre el Registro cuyo objeto es meramente catastral del Registro como condición previa para ejercer las tareas de comunicación.
23. El artículo 65 establece un mecanismo de acreditación legal, lo que induce a pensar que el Registro cumpliría un ilegal rol, la precondición del registro para poder operar. Si ello es así debe recordarse que los instrumentos internacionales consideran el registro o la acreditación previa como un elemento de censura previa a la libertad de expresión.
24. El artículo 73, al establecer que formen parte del Consejo de Comunicación e Información representantes del Gobierno y de las Facultades de Comunicación Social, irrespeta las normas internacionales que señalan que en este tipo de organismos no pueden participar representantes del Gobierno o de quienes poseen intereses en el sector. En el caso del Ecuador, la similar estructura del CONARTEL y todos los desafueros cometidos, deberían ser más que suficientes para no repetir esta malhadada práctica.
25. El artículo 75 no incluye entre las funciones del Consejo de Comunicación e Información una función que es de gran importancia: la concesión de frecuencias de radio y televisión, como producto de la inconsulta disociación entre la comunicación y sus instrumentos.
26. Los artículos 87 y 88 del proyecto de Ley son contradictorios con lo establecido en el artículo 95 del mismo.
27. La Disposición General Segunda, establece que la estructura y funciones del CONATEL serán las establecidas en el Decreto 59, de 28 de septiembre del 2009. Al respecto valga señalar la improcedencia de tal reconocimiento y aceptación, dado que por Decreto Ejecutivo no pueden transferirse funciones y atribuciones establecidas en la Ley de Radio y Televisión vigente a la fecha. Esto adicionalmente implica aceptar que el Ejecutivo asuma funciones privativas de la Asamblea Nacional y que, además, ésta abdica explícitamente de tales funciones.
28. Por lo expresado respecto a la Disposición General Segunda, no proceden los contenidos de las Disposiciones Generales Cuarta y Sexta.
29. La Disposición Transitoria Segunda no procede por lo expresado respecto al Registro previo como mecanismo de censura previa.
De re-conceptualizarse el Proyecto de Ley no proceden las Disposiciones Derogatorias y Reformatorias. Deberían rehacerse si la voluntad de los
El editorial del Diario El Universo del día martes 2 de junio del 2009, trae a nuestra memoria la profundidad de las reflexiones que se exhibieron en la Asamblea Nacional Constituyente sobre temas relacionados con el contenido del editorial, el cual, en momentos en que la pasión política desborda la razón, resulta refrescante por mirar al futuro de la Nación en su conjunto.
El editorial en mención si bien se refiere explícitamente al acceso Internet, limitado por el alto costo, en forma implícita trata de la creación de las mejores condiciones para posibilitar la integración del mayor número posible de ecuatorianos a lo que se denomina sociedad de la información, como de infiere de la referencia a los cambios tecnológicos.
El editorial por lo expresado coincide con la demanda establecida en el Artículo 17, segundo inciso de la Constitución vigente que dispone que el Estado: “Facilitará la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados y comunitarios, así como el acceso universal a las tecnologías de información y comunicación, en especial para las personas y colectividades que carezcan de dicho acceso o lo tengan de forma limitada”. Coincidencia que es buen ejemplo para que todos los medios de información cumplan con su obligación de apoyar a la creación de una opinión pública que contribuya al cumplimiento de esa disposición.
La profundidad de la reflexión de la Asamblea Constituyente, a nuestro criterio, se demuestra en este caso, en que antes de definir el articulado, trató sobre los mecanismos que pueden contribuir al cumplimiento del rol asignado al Estado, entre los cuales vale citar las tarifas planas. Tipo de tarifas que, por extraño que parezca, está relacionado con el articulado referente a las empresas públicas, a las que se adjudica un carácter social por el destino del excedente, lo que les aleja tanto de la visión socialdemócrata que limitó el destino del excedente a la empresa, como de la visión utilitarista.
Así planteado el problema, la implantación de tarifas planas se viabiliza, ya que éstas tiene dos características básicas: el establecer un precio menor, no determinado por el tiempo de conexión y el tipo de servicio. ¿Cómo ello es posible?
Los servicios privados de Internet, exceptuando los satelitales y los que tiene redes de cables propias, arriendan los cables telefónicos de la Corporación de Telecomunicaciones, lo que encarece el servicio. Ante ello, la Corporación Nacional de Telecomunicaciones tiene la posibilidad cierta de reducir sus tarifas, sobre la base del valor pagado por los arrendatarios de los cables. Pero no sólo por esta razón es posible reducir las tarifas, existe otro elemento: el servicio de Internet que ofrecen las empresas públicas lo hacen a través de los cables telefónicos o de los eléctricos. Cables cuyo uso es pagado cuando se abonan las tarifas telefónicas o eléctricas. Efectivamente, lo único que hacen los servicios públicos de Internet es dividir el uso del cable en dos partes: voz y datos en el de las telefónicas, y datos y energía en el de la eléctrica.
A lo expresado debe agregarse que no siendo más la optimización de las utilidades el objetivo primero y último de las empresas públicas y que el excedente, luego de efectuarse las inversiones y reinversiones, deben transferirse al Presupuesto General del Estado como lo establece el artículo 315, tercer inciso de la Constitución vigente, es posible estimar el valor remanente de los excedentes y, en lugar de transferirlo al Presupuesto del Estado para que éste a su vez lo redistribuya, trasladarlo directamente a la ciudadanía a través de una menor tarifa de internet.
Las reducciones antes planteadas, no tienen por qué afectar al desarrollo de la empresa como seguramente algunos objetarán, puesto que el artículo 315 señala que la transferencia de los excedentes al Presupuesto General del Estado se realizará luego de las inversiones y reinversiones necesarias para su desarrollo.
En consecuencia, sin afectar al desarrollo de las empresas públicas, ni tampoco a su capacidad operativa, es posible establecer tarifas planas, a precios inferiores. Experiencia que, por otra parte se ha implementado ya en muchos países, en algunos de los cuales incluso se han establecido tarifas cero generales. En el país, empresas públicas como ETAPA de Cuenca, si bien en forma limitada, ha adoptado el sistema de tarifas cero, sin que se produzca la quiebra que ágilmente exhibirán quienes anteponen intereses privados al el progreso de la Nación en su conjunto.
El señor Martín Pallares, editor de la sección política del Diario El Comercio, en su artículo publicado el 31 de mayo del 2009 bajo el título: “Las cuentas del imperio”, se refiere a los poderes fácticos, en sus palabras, como un nombre zoquete utilizado por el Presidente Correa cuando se refiere a la prensa “corrupta, sesgada y entregada”. Sus expresiones van mucho más allá, cuando reclama que se proporcione al Presidente de la República un diccionario, seguramente para que se entere que el uso de ese concepto respecto a los medios de información, en este caso la prensa escrita, es equivocado. Apreciaciones que merecen algunas observaciones.
Hemos de comenzar señalando que del texto del señor Pallares no es evidente si lo que pretende es decir que el concepto no existe, (cuando reclama se provea de un diccionario al Presidente); o que existe pero cree que no es aplicable a los medios de información; o que si existe, lo conoce y en consecuencia lo oculta. Ante ello analicemos estas posibilidades.
Si el señor Pallares asume que fáctico significa “Perteneciente o relativo a hechos” o “fundamentado en hechos o limitado a ellos en oposición a teórico o imaginario”, como lo establece el diccionario de la Real Academia Española, y considera que esas acepciones son extensibles y consecuentemente aplicables al concepto poder fáctico aparentemente tendría razón, ello bajo el supuesto no consentido de que éstas sean acepciones aplicables a ese concepto. No consentimiento que se sustenta en un hecho innegable. Si se revisa la acepción que el mismo diccionario atribuye a poder fáctico, se constata que se entiende como: “El que se ejerce en la sociedad al margen de las instituciones legales, en virtud de la capacidad de presión o autoridad que se posee; p. ej., la banca, la Iglesia, la prensa”, definición que pone en evidencia que el concepto esta registrado por el diccionario y, que no sólo lo registra, sino que entre los poderes fácticos cita, incluye a la prensa, como lo ejemplifica la Real Academia Española de la Lengua. Por lo dicho, todo apunta a señalar que el señor Pallares sólo conoce las acepciones de fáctico y desconoce el correspondiente a poder fáctico, por lo que considera que no procede su uso y peor su aplicación en el caso de la prensa. Siendo ello así lo prudente sería satisfacer el pedido del señor Pallares cambiando, por cierto, de destinatario, puesto que quien requeriría el diccionario sería el señor Pallares.
La segunda alternativa es que el señor Pallares si conozca la acepción del concepto poder fáctico. En este caso lo estaría escamoteando en claro esfuerzo por manipular la opinión pública, lo que justificaría los calificativos de “corrupta y sesgada” que, según el señor Pallares, el Presidente de la República adjudica a los medios de información. Calificativos a los que agregaría el de anti éticos, por dos razones: por tratar sobre un tema que desconocen si la primera alternativa es la cierta; o por ocultar parte de la realidad a la que hacen referencia, si la segunda alternativa es la que procede.
La lealtad tiene siempre dos facetas, mucho más cuando se relaciona con el ejercicio político o el poder. Una real y otra aparente. Lastima que la segunda es, casi siempre, valorada incluso en detrimento de la primera.
En el caso de los partidos y movimientos políticos, la lealtad mal entendida, presupone que los que están dentro son, siempre y sin lugar a duda alguna, mejores que los que están fuera. No importa si se compara a un malandrín con un hombre probo. Nada cuenta. Lo importante es el ejercicio de un espíritu de cuerpo mal entendido.
En el ejercicio del poder político, la lealtad disfrazada de los áulicos, de los lambiscones, de los aduladores, siempre conforman una parte, habitualmente numerosa, del entorno del gobernante de turno. Son aquellos a quienes prestan, incluso especial atención, los mandatarios que se obnubilan con el poder, Esos subseres, son siempre bienvenidos, puesto que son los portadores de aparentes buenas nuevas. Los que ocultan todas las deficiencias y errores. Los que nos hacen sentir omnipotentes, omniscientes. Perfectos.
Esos áulicos, oportunistas de ocasión, cuando no son entendidos en su verdadera dimensión y función, cuando no son desechados como escoria del todo bien, quien sabe quien puede salvar a los gobernantes del envanecimiento, de la insidia, de las descalificaciones sin base sustantiva, de posiciones extremas, del equivocar caminos y rutas. Incluso, del no saber reconocer y justiapreciar las lealtades verdaderas.
Y es que las lealtades verdaderas duelen, puesto que conllevan reconocer errores, sabernos falibles, concientes de nuestras propias limitaciones y de las limitaciones de los que nos rodean. Conlleva reconocer que no somos iluminados, que nos somos siempre los más …… Exige desprenderse del adulo, del ensalzamiento.
Y es que las lealtades verdaderas duelen, por su contenido crítico. Por que inicialmente saben a una suerte de traición, ya que provienen de quienes nunca se espera nos bajen del pedestal de nuestra propia vanidad.
Últimos eventos del entorno del Presidente Correa, demuestran la cara de la lealtad real y la máscara de la aparente. El Ministro de Deporte y sus congéneres, eran el perfecto ejemplo de la segunda. Sus constantes lisonjas como sus declaraciones de una amistad a ultranza con el primer mandatario, sólo eran parte del escenario tras del cual ocultaban sus oscuras ambiciones. Su falsa lealtad.
José Luis Cortazar, demuestra la lealtad real cuando denuncia, documentadamente como corresponde, el enriquecimiento ilícito que se ha producido en el Ministerio de Deportes. Y es que lo hace en conocimiento de la relación de cercana amistad que proclamaba el ex Ministro con el Presidente de la República. Lo hace públicamente jugándose por su amigo Presidente. Acción que debe reconocerse.
Carolina Chang, Ministra de Salud, conjuga la lealtad verdadera desde otra perspectiva. Con concursos transparentes y públicos, pero sobretodo, destrozando los falsos argumentos de Leonardo Viteri, asambleísta social cristiano, quien compara proformas sobre bienes diferentes, de distintas especificaciones, en acción descalificada para tratar de manipular, de engañar a la opinión pública.
Pero no todo está dicho: la lealtad aparente continuará su juego. Igualmente lo hará la verdadera. La participación ciudadana en el ejercicio de gobierno permitirá descubrir y denunciar a la primera y ensalzar la segunda. La historia nos dirá si los ciudadanos de a pie, fuimos capaces de empoderarnos también de este espacio.
Cuando el Presidente Rafael Correa anunció que el gobierno nacional consideraría el no pago de parte de la deuda externa comercial, por ser ilegítima, tuvimos la casi certeza de que no le habían informado adecuada o suficientemente sobre el proceso que demanda la ilegitimidad antes de poder optar por el no pago de la deuda externa, por más ilegítima que ésta fuese. La certeza de nuestra apreciación, que condujo al Presidente de la República a un equívoco, se ha visto confirmada pocos días luego, cuando los miembros de la Comisión de Auditoría de la Deuda Pública han debido reconocer que no basta la ilegitimidad.
Nuestra presunción, valga decirlo, no estaba sustentada en elementos puramente subjetivos, en las corazonadas a las cuales frecuentemente alude la sabiduría popular. Emergía del recuerdo de un gran debate que al respecto se mantuvo en la Asamblea Constituyente, específicamente en la Mesa 7, producto del cual se dio parto al texto contenido en el artículo 290, numeral 3 que al respecto estipula que: “Se procederá a la impugnación de las deudas que se declaren ilegítimas por organismo competente. En caso de ilegalidad declarada, se ejercerá el derecho de repetición”. Cita que con claridad irrefutable señala el camino a seguir, sobre el cual debía la Comisión informar meridianamente al Presidente de la República.
En primer lugar, deberían haberle comunicado que la ilegitimidad que habían detectado, no había sido aún declarada como tal por organismo competente, por lo que y en consecuencia, requería cumplirse con esta precondición, antes de cualquier pronunciamiento o acción.
En segundo lugar, deberían haberle indicado que el no pago de la deuda ilegítima, incluso en el caso de que hubiese sido así declarada por “organismo competente”, requería ser “declarada su ilegalidad”, para poder proceder a adoptar la medida que se considere adecuada.
En tercer lugar, hubiese sido ineludible informarle que sólo entonces se volvía viable el ejercicio del derecho de repetición contra todos quienes son responsables, administrativa y civilmente, por los daños acusados por la adquisición y mal manejo de la deuda pública.
En suma, antes de la entrega pública del Resumen Ejecutivo del Informe Final, deberían haber informado al Presidente de la República, que las conclusiones a las que habían arribado aún debían ser completadas con otras acciones ineludibles, antes de surtir efecto sobre el no pago de la deuda externa comercial ilegítima. El no haber así actuado, como se infiere del proceso seguido, no ha sido beneficioso para el país, para la imagen del gobierno nacional e incluso para el Presidente Correa, quien seguramente actúo en consuno con la información recibida. Lección que no sólo debe ser aprendida por el Presidente, su gobierno y la Nación en su conjunto, sino también por todas las Comisiones Auditoras que en el futuro deban cumplir tareas similares.
Crisis: Oportunidad para profundizar el cambio
Es en los momentos de crisis donde las Naciones y sus líderes demuestran su dimensión. Lo hacen, cuando no se limitan a lloriquear ante los efectos negativos, cuando son capaces de encontrar nuevas rutas. El Ecuador se encuentra en esa encrucijada, con una gran ventaja: dispone de un nuevo cuerpo constitucional que establece el como. Basta la decisión de construir la nueva estructura económica y social que impone. Basta alejarse de las medidas ortodoxas de política económica y social que sólo apuntan a consolidar el pasado que todos pretendemos ajeno. El liderazgo del Presidente Rafael Correa, nos guste o nos disguste, será definitorio del avance histórico o del retroceso. Del cambio o el asirse al pasado.
Pero el liderazgo no basta por sí solo. Será indispensable la concurrencia de todas las fuerzas sociales por el cambio, apuntando desviaciones, criticando errores, pero y fundamentalmente, desbrozando rutas, aportando ideas de cómo construir el gran edificio del cambio. Sólo la presencia proactiva del movimiento social por el cambio enrumbará el liderazgo. El liderazgo huérfano de base social puede ser neutralizado, esterilizado, como nos cuentan innumerables procesos históricos.
La indispensable conjunción entre el líder y los movimientos sociales por el cambio, implica, en la actual etapa histórica, abrir el entendimiento, escuchar humildemente a los otros, debatir con argumentos, reconocer el valor de los diferentes, abandonar calificativos innecesarios e incómodos, olvidar todos los omnis, pero también, abandonar la crítica como único instrumento identitario, el resabio de lo propio como el todo único o la nada, el creer que el pasado sólo podrá abandonarse cuando el Yo asuma el liderazgo. Solo esos renunciamientos, nos alejaran del pasado. El mantenerlos, sólo alegrará a quienes defienden el pasado. Los robustecerá como ya se avizora.
Es que el enemigo del cambio no toma respiro. Opera con todas las artimañas imaginables. Desde afuera y desde adentro. Presionan, ellos sí bañados en lágrimas, por la crisis y sus efectos magnificados, en procura de la intervención estatal que antes despreciaban. Presionan con sofismas como el de los banqueros que confunden intencionadamente montos de utilidades con utilidades cero, en procura que se los libere de obligaciones. Presionan para que el Estado no administre los fondos que garantizan los depósitos y el futuro de los ecuatorianos.
Desde adentro del movimiento por el cambio, la derecha disfrazada de izquierda, como certeramente lo definió Lenín al juzgar posiciones similares, desarrollan esfuerzos por llevarnos a la confrontación, a lo irreconciliable, a la división del movimiento por el cambio, que sólo beneficia al pasado, y a sus vanidades, obsesiones y traumas. Vanidades, obsesiones y traumas que se convierten en eficaces armas de la cooptación en procesos electorales como los que se avecinan, por parte de quienes utilizan esas irracionalidades para dominar a los débiles, para convertirlos en instrumentos de sus fuerzas para atentar luego contra el cambio.
En este emprendimiento por disolver el futuro, los grandes medios de información, también participan del doble juego de los enemigos del cambio. Hasta ayer, antes de la reunión del Presidente Correa con los empresarios, se constituyeron en furibundas barricadas, hoy, por el arte de magia de los ofrecimientos y dádivas sociales, casi pasan a la exaltación del enemigo de ayer. Pero esto es sólo apariencia que no debe confundirnos, ni empalagar al Presidente. El aceptar como válido esos caramelos que siempre acostumbra a lanzar el poder, conduce siempre a la derrota.
Si somos capaces de reconocernos en la diversidad, de respetarnos, de contribuir positivamente en la construcción del futuro sobre la base del nuevo texto constitucional por el cual nos pronunciamos el 64 por ciento de los ecuatorianos, seguro que seremos capaces de unificar fuerzas, de descubrir los juegos del poder de siempre, de enfrentarlo y de vencerlo.
Sólo así habremos convertido a la crisis en una oportunidad para el cambio.